
La víctima, de 79 años, fue intimidada con un arma de fuego y agredida en su vivienda. La rápida acción de Carabineros permitió detener a los responsables en flagrancia y evitar la consumación del delito.
Pudahuel, Santiago de Chile. 2 de mayo 2026. El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a dos sujetos por un violento asalto frustrado ocurrido el 12 de agosto de 2024 en la comuna de Pudahuel, donde una mujer de 79 años fue atacada al interior de su domicilio.
En fallo unánime, el tribunal impuso a Henry Ramírez Figueroa la pena de 10 años y un día de presidio efectivo como autor del delito de robo con violencia en grado frustrado, además de 4 años de cárcel por porte ilegal de arma de fuego. En tanto, Rubén Martínez Tobar fue condenado a 5 años y un día de presidio efectivo en calidad de coautor del mismo ilícito, junto con las accesorias legales correspondientes.
De acuerdo con los antecedentes acreditados en el juicio, cerca de las 09:30 horas de ese día, los imputados ingresaron al inmueble tras forzar accesos exteriores y un ventanal, utilizando herramientas como destornilladores y elementos contundentes.
Una vez en el interior, intimidaron a la víctima con un arma de fuego y posteriormente con un destornillador, para luego agredirla físicamente mientras reunían especies con la intención de sustraerlas.
Durante el ataque, la nieta de la víctima logró ocultarse y dar aviso a Carabineros, lo que permitió una rápida respuesta policial. Los funcionarios sorprendieron a los sujetos en flagrancia al interior de la vivienda, frustrando el delito y procediendo a su detención.
A raíz de la agresión, la víctima resultó con lesiones leves, entre ellas equimosis en el rostro y dolor lumbar, según informes médicos presentados en el juicio.
En el sitio del suceso se incautó un arma de fuego apta para el disparo, con municiones en su interior y sin autorización legal para su porte. Peritajes posteriores confirmaron que se trataba de una pistola con número de serie borrado, la cual fue utilizada para intimidar a la víctima.
El tribunal estableció que ambos condenados actuaron de manera coordinada, con distribución de funciones y dominio del hecho, configurándose el delito de robo con violencia en grado frustrado, el cual no se concretó únicamente gracias a la oportuna intervención policial.
En su resolución, los jueces valoraron como coherentes los testimonios de la víctima y su nieta, respaldados por evidencia material, registros audiovisuales y peritajes policiales, desestimando las alegaciones de la defensa.
Respecto de las circunstancias modificatorias, se consideró la agravante de actuar contra una persona especialmente vulnerable, además de la reincidencia en uno de los acusados. También se reconocieron atenuantes como la irreprochable conducta anterior y la colaboración, sin incidencia suficiente para rebajar las penas.
Finalmente, se ordenó que las sanciones impuestas al principal condenado se cumplan de manera sucesiva, comenzando por la de mayor gravedad, conforme a la normativa vigente.

