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Condenan a 5 años y un día de cárcel efectiva a autor de homicidio frustrado en Pudahuel

PorDiario Tropezón

Abr 22, 2026
Foto de referencia.

El tribunal acreditó que el acusado apuñaló por la espalda a un conductor de aplicación en 2023, causándole lesiones que pudieron ser mortales. La sentencia incluye inhabilidades perpetuas y el registro obligatorio de ADN.

Pudahuel, Santiago de Chile.21 deabril2026. En fallo unánime, el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Gabriel Francisco Cerda Cerda, domiciliado en Cerro Navia, a la pena de cinco años y un día de presidio efectivo, como autor del delito de homicidio simple en grado de frustrado, cometido en julio de 2023 en la comuna de Pudahuel.

Según se desprende de la sentencia —causa rol 42-2026— publicada por el tribunal, el condenado deberá cumplir además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación para ejercer profesiones titulares durante el tiempo que dure la condena.

Asimismo, una vez que el fallo quede ejecutoriado, se ordenó la toma de muestras biológicas del sentenciado para su incorporación al Registro Nacional de ADN de condenados. El tribunal también decretó el comiso del arma blanca y del teléfono celular incautados en el procedimiento.

Ataque durante un viaje

De acuerdo con el fallo, los hechos ocurrieron alrededor de las 06:30 horas del 7 de julio de 2023, cuando la víctima de iniciales, F. R. Q., trabajaba como conductor de la aplicación InDriver. En ese contexto, el acusado abordó el vehículo junto a un segundo individuo no identificado.

Durante el trayecto, Cerda Cerda —ubicado en el asiento trasero— atacó por la espalda al conductor con un arma blanca, provocando que este perdiera el control del automóvil e impactara contra un camión estacionado. Tras el choque, el agresor intentó huir, pero fue retenido por la propia víctima.

A raíz del ataque, el conductor sufrió lesiones graves, entre ellas una herida penetrante en el tórax que derivó en un hemotórax y una laceración pulmonar. El tribunal concluyó que dichas lesiones habrían resultado mortales de no mediar atención médica oportuna.

Fundamentos de la condena

En su resolución, el tribunal estableció que el ataque fue dirigido a una zona vital del cuerpo y ejecutado con un medio idóneo para causar la muerte, configurando así el delito de homicidio simple en grado de frustrado.

“La lesión descrita, en un área donde se concentran órganos vitales, no pudo sino ser representada como apta para provocar la muerte”, señala la sentencia, precisando que el resultado fatal no se concretó por causas ajenas a la voluntad del imputado.

La participación del condenado fue acreditada mediante el testimonio de la víctima, peritajes biológicos y genéticos, y la labor de funcionarios de Carabineros que intervinieron en el procedimiento. Los informes confirmaron la presencia de sangre humana en el arma incautada, con perfiles genéticos coincidentes tanto con la víctima como con el acusado, además de establecer la manipulación directa del cuchillo.

Si bien el imputado reconoció su participación en los hechos, el tribunal desestimó su argumento de que no tuvo intención de causar la muerte.

Pena efectiva

Para determinar la sanción, los jueces consideraron que el delito de homicidio simple contempla penas de presidio mayor en su grado medio a máximo. No obstante, al tratarse de un delito frustrado, la pena se rebajó en un grado.

Al no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes, y conforme al artículo 67 del Código Penal, se aplicó la pena en su tramo mínimo: cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, la cual deberá cumplirse de manera efectiva.

El fallo reconoce, además, un abono de 1.019 días ya cumplidos por el condenado durante el proceso.

Fuente: sentencia del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

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