
En nuestra comuna de Pudahuel, miles de familias envían diariamente a sus hijos e hijas a jardines infantiles, escuelas y liceos, confiando en que recibirán una educación que les permita desarrollarse intelectual, emocional y físicamente. Sin embargo, existe una importante modificación legal que probablemente muchos padres, madres y apoderados todavía desconocen y que comenzará a transformar progresivamente la vida escolar de nuestros estudiantes a partir del próximo año.
Me refiero a la Ley N.º 21.778, conocida como la Ley de los 60 Minutos de Actividad Física, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, que establece una nueva responsabilidad para los establecimientos educacionales de nuestro país: promover diariamente, durante la jornada educativa, al menos una hora de actividad física, juegos o deportes.
Esta legislación representa una oportunidad para enfrentar uno de los problemas que afectan a nuestra sociedad: el sedentarismo infantil y adolescente, agravado por el uso excesivo de teléfonos celulares, videojuegos, computadores y otras pantallas que, en muchos casos, han desplazado los juegos al aire libre y la actividad deportiva.
¿QUÉ SIGNIFICA ESTA NUEVA LEY PARA LOS COLEGIOS DE PUDAHUEL?
La normativa establece que los establecimientos educacionales públicos y privados deberán promover, durante la jornada escolar, al menos 60 minutos diarios de actividad física, juegos o deportes.
Pero existe algo particularmente importante que debemos aclarar: estos 60 minutos no reemplazan las clases tradicionales de Educación Física y Salud. La ley expresamente impide contabilizar las actividades realizadas en dicha asignatura como parte del cumplimiento de esta nueva exigencia.
En otras palabras, se busca que nuestros estudiantes tengan mayores oportunidades de mantenerse activos durante su permanencia en los establecimientos educacionales.
¿Cómo podría implementarse? Mediante recreos activos, juegos organizados, pausas de movimiento entre clases, actividades recreativas, ejercicios de coordinación, deportes y otras iniciativas apropiadas para la edad de los estudiantes.
Tampoco significa que los colegios deban extender obligatoriamente una hora adicional su jornada escolar. Las actividades pueden distribuirse a lo largo del día, aprovechando los espacios y tiempos disponibles.
¿CUÁNDO COMENZARÁ A REGIR ESTA OBLIGACIÓN?
Es importante que los padres y apoderados conozcan las fechas establecidas por el legislador.
Durante el año escolar 2027, la normativa comenzará a aplicarse a la educación parvularia y a los estudiantes de primero a cuarto año de enseñanza básica.
Posteriormente, durante el año escolar 2028, su aplicación se extenderá desde quinto año básico hasta cuarto año de enseñanza media.
La ley contempla, además, una regla especial de entrada en vigencia para los establecimientos que sean traspasados a los Servicios Locales de Educación Pública, circunstancia que deberá considerarse al examinar cada caso.
Por tanto, durante los meses que restan de 2026, las comunidades educativas tienen una oportunidad para informarse, planificar y prepararse.
NO SE TRATA SOLAMENTE DE HACER EJERCICIO: SE TRATA DE EDUCAR INTEGRALMENTE
Como Abogado y Profesor de Derecho, considero importante destacar que esta legislación reconoce una concepción integral de la educación.
La formación de nuestros niños y adolescentes no puede limitarse exclusivamente a obtener buenas calificaciones en Matemáticas, Lenguaje, Historia o Ciencias.
También debemos preocuparnos de su desarrollo físico, emocional y social.
La actividad física favorece la salud, contribuye al bienestar psicológico y permite desarrollar habilidades como el trabajo en equipo, el respeto por las reglas, la perseverancia y la convivencia con los demás.
Asimismo, debemos comprender que no todos los estudiantes tienen las mismas capacidades o condiciones físicas. Por ello, la legislación establece que las actividades deben ser inclusivas, resguardando la participación de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, enfermedades u otras condiciones personales.
Ningún estudiante debería quedar excluido de estas oportunidades por presentar una condición diferente.
EL DEPORTE TAMBIÉN ENSEÑA VALORES
El deporte constituye una herramienta educativa que va mucho más allá del ejercicio físico.
El respeto, la disciplina, el autocontrol, la responsabilidad y la perseverancia son valores que pueden cultivarse mediante la práctica deportiva.
No se trata de convertir a todos nuestros estudiantes en deportistas de alto rendimiento. Se trata de entregarles oportunidades para descubrir sus capacidades, fortalecer su autoestima y desarrollar hábitos saludables que puedan acompañarlos durante toda su vida.
En este contexto, disciplinas como la gimnasia, el atletismo, el baile, el fútbol, el básquetbol, las artes marciales y diversas actividades recreativas podrían contribuir a los objetivos de la nueva legislación, siempre que se adapten a las edades, necesidades y condiciones de los estudiantes.
PUDAHUEL DEBE PREPARARSE PARA ESTE NUEVO DESAFÍO
Aquí surge una reflexión que considero especialmente relevante para nuestra comuna.
¿Están nuestros establecimientos educacionales preparados para implementar esta nueva normativa?
¿Cuentan con patios, gimnasios, espacios recreativos y recursos adecuados?
¿Se está informando oportunamente a los profesores, asistentes de la educación, centros de padres y apoderados?
¿Existe una planificación para incorporar estas actividades en la jornada escolar?
Estas preguntas no pretenden cuestionar anticipadamente el trabajo de nuestros establecimientos, sino promover una conversación necesaria entre las comunidades educativas.
La propia ley dispone que los colegios deberán incorporar estas actividades, al menos, en sus planes de gestión de la convivencia educativa, promover la formación de sus profesionales y asistentes de la educación, y poner a disposición los espacios y recursos pertinentes.
Por ello, sería positivo que las autoridades educacionales, los equipos directivos y las comunidades escolares de Pudahuel comiencen desde ahora a difundir y preparar la implementación de esta normativa.
También considero valioso explorar mecanismos de colaboración con clubes deportivos, organizaciones comunitarias y profesores de distintas disciplinas, siempre respetando las exigencias legales, pedagógicas y de seguridad correspondientes.
UN LLAMADO A LOS PADRES Y APODERADOS
Quisiera finalizar esta columna dirigiéndome especialmente a las familias de nuestra comuna.
La educación de nuestros hijos no es una responsabilidad exclusiva de los colegios. También comienza en nuestros hogares.
No basta con exigir mejores resultados académicos si descuidamos su salud física y emocional.
Debemos incentivar que nuestros niños jueguen, caminen, practiquen deportes, compartan con sus amigos y descubran que existe una vida mucho más amplia y enriquecedora fuera de las pantallas.
La Ley N.º 21.778 establece una responsabilidad concreta para los establecimientos educacionales, pero también nos invita, como sociedad, a reflexionar sobre los hábitos que estamos transmitiendo a las nuevas generaciones.
Pudahuel necesita niños y jóvenes que no solamente aprendan a leer, escribir y resolver problemas matemáticos, sino que también aprendan a cuidar su cuerpo, respetar a sus compañeros, trabajar en equipo y desarrollar una vida saludable.
El próximo año comenzará una nueva etapa para la educación chilena. Sería lamentable que una transformación de esta importancia pasara inadvertida para nuestras familias.
Porque, al final del día, 60 minutos de actividad física pueden representar mucho más que una hora de movimiento: pueden convertirse en una oportunidad diaria para mejorar la salud, la convivencia y el futuro de nuestros niños y adolescentes.
Y ese es un desafío que Pudahuel no debería dejar pasar.
Ignacio Enrique Alarcón Benavides
Abogado, Profesor de Derecho y Comunicador Social.
Referencia normativa: Ley N.º 21.778, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025. Texto disponible en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile: www.bcn.cl/leychile.
COLUMNA DE OPINIÓN: Ignacio Enrique Alarcón Benavides – Abogado, Profesor de Derecho y Comunicador Social.
